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Países elegibles a visas de trabajo H-2A y H-2B año 2024


El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), en consulta con el Departamento de Estado (DOS), ha anunciado las listas de países cuyos nacionales son elegibles para participar en los programas de visas H-2A y H-2B el próximo año. La notificación que indica los países elegibles se publicará en el Registro Federal el 9 de noviembre de 2023


A partir del 9 de noviembre de 2023, el secretario de Seguridad Nacional, en acuerdo con el secretario de Estado, ha decidido agregar a Bolivia a la lista de países elegibles para participar en los programas H-2A y H-2B.


DHS mantiene su autoridad para modificar las listas de países elegibles en cualquier momento mediante la publicación de una Notificación del Registro Federal, en caso de que DHS y DOS determinen que un país no cumple con los requisitos para continuar con la designación. Ejemplos de factores que podrían resultar en la exclusión de un país o la eliminación de un país de la lista incluyen fraude, abuso, tasas de estadía excesiva de visas de no inmigrante y otras formas de incumplimiento de los términos y condiciones de los programas de visas H-2 por parte de los nacionales de ese país que son contrarias a los intereses de Estados Unidos.


Los programas de visas H-2A y H-2B permiten a los empleadores estadounidenses traer nacionales extranjeros a Estados Unidos para ocupar empleos agrícolas y no agrícolas temporales, respectivamente. Por lo general, USCIS aprueba las peticiones H-2A y H-2B solo para nacionales de países que el secretario de seguridad nacional ha designado como elegibles para participar en los programas. Sin embargo, USCIS puede aprobar peticiones H-2A y H-2B, incluidas aquellas que estaban pendientes a la fecha de publicación de la notificación del Registro Federal, para nacionales de países que no están en la lista, caso por caso, solo si se ha determinado que será en beneficio de Estados Unidos.


A partir del 9 de noviembre, los nacionales de los siguientes países son elegibles para recibir visas H-2A y H-2B:



Alemania Andorra Argentina Australia Austria Barbados Bélgica
Bolivia Bosnia y
Herzegovina
Brasil Brunéi Bulgaria Canadá Chile
Colombia Corea del Sur Costa Rica Croacia Dinamarca Ecuador El Salvador
Eslovaquia Eslovenia España Estonia Filipinas* Finlandia Fiyi
Francia Granada Grecia Guatemala Haití Honduras Hungría
Irlanda Islandia Islas Mauricio Islas Salomón Israel Italia Jamaica
Japón Kiribati Letonia Liechtenstein Lituania Luxemburga Macedonia
del Norte
Malta México Mónaco Mongolia* Montenegro Mozambique Nauru
Nicaragua Noruega Nueva Zelanda Países Bajos Panamá Papúa Nueva Guinea Paraguay**
Perú Polonia Portugal Reino de Esuatini
(Suazilandia)
Reino Unido República Checa República de Chipre
República Dominicana Romania San Marino San Vicente
y las Granadinas
Santa Lucía Serbia Singapur
Sudáfrica Suecia Suiza Tailandia Taiwán*** Timor-Leste Turquía
Tuvalu Ucrania Uruguay Vanuatu


* Mongolia y Filipinas son elegibles para participar en el programa H-2B, pero no son elegibles para participar en el programa H-2A


** Paraguay es elegible para participar en el programa H-2A, pero no es elegible para participar en el programa H-2B.


*** Con respecto a todas las referencias a “país” o “países” en este documento, cabe señalar que la Sección 4(b)(1) de la Ley de Relaciones con Taiwán de 1979, Ley Pública No. 96-8, establece que “[cuando las leyes de Estados Unidos se refieran o se relacionen con países, naciones, estados, gobiernos o entidades similares extranjeras, dichos términos deben incluir y dichas leyes deben aplicar con respecto a Taiwán”. 22 U.S.C. § 3303(b)(1). De acuerdo con esto, todas las referencias a “país” o “países” en las regulaciones que rigen si los nacionales de un país son elegibles para participar en el programa H-2, 8 CFR 214.2(h)(5)(i)(F)(1)(i ) y 8 CFR 214.2(h)(6)(i)(E)(1), se han interpretado para incluir a Taiwán. Esto es consistente con la política de Estados Unidos sobre “Una sola China”, bajo la cual Estados Unidos ha mantenido relaciones no oficiales con Taiwán desde 1979.

Esta notificación no afecta el estatus de los beneficiarios H-2 que actualmente están en Estados Unidos a menos que soliciten extender su estadía en el estatus H-2 sobre la base de una petición presentada en o después de la fecha de publicación de la notificación del Registro Federal. De manera similar, esta notificación no afectaría la elegibilidad de un beneficiario H-2 para solicitar una visa H-2 y/o buscar admisión a Estados Unidos sobre la base de una petición H-2 aprobada antes de la fecha de publicación de la notificación del Registro Federal. Se aplica a los no inmigrantes que cambian su estatus en Estados Unidos a H-2A o H-2B. La designación de cada país es válida desde el 9 de noviembre de 2023 hasta el 8 de noviembre de 2024.


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Última Actualización: Noviembre 09 de 2023
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos