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Lotería de visas de Estados Unidos 2025: Doce preguntas frecuentes


El Programa de Visas de Inmigrantes de Diversidad conocido como la “lotería de visas”, ofrece cada año alrededor de 55.000 visas de inmigrantes a personas de países con un bajo índice migrataorio a Estados Unidos


Las inscripciones para el Programa DV-2025 estan abiertas hasta el martes 7 de noviembre de 2023 a las 12:00 del mediodía, hora estándar del este (EST) (GMT-5). y se deben realizar electrónicamente en la siguiente dirección web Registro Lotería de Visas 2025 durante el período de registro especificado. No se aceptan inscripciones tardías ni en papel. La ley permite sólo una entrada por o para cada persona durante cada período de registro. El Departamento de Estado utiliza tecnología sofisticada para detectar múltiples entradas. Si envías más de una entrada serás descalificado.


A continuación, presentamos una serie de preguntas sobre las inscripciones a la lotería de visas que le ayudaran a despejar las dudas sobre el proceso


1. ¿Cuántas visas DV-2025 se destinarán a nativos de cada región y país elegible?


El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) determina los límites regionales de DV para cada año de acuerdo con una fórmula especificada en la Sección 203(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). El número de visas que el Departamento de Estado eventualmente emitirá a los nativos de cada país dependerá de los límites regionales establecidos, de cuántos entrantes provienen de cada país y de cuántos de los los participantes seleccionados son elegibles para la visa. No más del siete por ciento del total de visas disponibles pueden destinarse a nativos de cualquier país


2. ¿Puedo presentar la solicitud si no nací en un país calificado?


Hay dos circunstancias en las que aún podrías ser elegible para presentar una solicitud. Primero, si su cónyuge derivado nació en un país elegible, puede reclamar la carga a ese país. Como su elegibilidad se basa en su cónyuge, solo se le emitirá una visa de inmigrante si su cónyuge también es elegible y se le emitió una visa de inmigrante. Ambos deben ingresar a los Estados Unidos juntos, utilizando sus DV. De manera similar, su hijo menor dependiente puede ser “cargado” al país de nacimiento de uno de sus padres.


En segundo lugar, se le puede “cargar” al país de nacimiento de cualquiera de sus padres siempre que ninguno de sus padres haya nacido o sea residente de su país de nacimiento en el momento de su nacimiento. Por lo general, las personas no se consideran residentes de un país en el que no nacieron o no se naturalizaron legalmente. Por ejemplo, las personas que simplemente visitan, estudian o trabajan temporalmente en un país generalmente no se consideran residentes.


Si reclama una carga alternativa a través de cualquiera de los anteriores, debe proporcionar una explicación en el Formulario de inscripción E-DV, en la pregunta n.° 6.


Incluir un país incorrecto de elegibilidad o cargabilidad (es decir, uno ante el cual no puede establecer un reclamo válido) lo hará no elegible para un DV


3. ¿Cuáles son los requisitos para la educación o la experiencia laboral?


Las leyes y regulaciones de inmigración de EE. UU. exigen que cada solicitante de DV tenga al menos una educación secundaria o su equivalente o dos años de experiencia laboral dentro de los últimos cinco años en una ocupación que requiera al menos dos años de capacitación o experiencia. Una “educación de escuela secundaria o equivalente” se define como la finalización exitosa de un curso de educación primaria y secundaria de 12 años en los Estados Unidos O la finalización exitosa en otro país de un curso formal de educación primaria y secundaria comparable a una educación de escuela secundaria. en los Estados Unidos.


Sólo los cursos de estudio formales cumplen con este requisito; Los programas por correspondencia o los certificados de equivalencia (como el Diploma de Equivalencia General [GED]) no son aceptables.


Debe presentar prueba documental de educación o experiencia laboral al funcionario consular al momento de la entrevista para la visa. Si no cumple con los requisitos de educación o experiencia laboral, no será elegible para un DV, y su cónyuge e hijos no serán elegibles para DV derivados


4. ¿Qué ocupaciones califican para el programa DV?


El Departamento de Estado utilizará el Departamento de Trabajo de EE.UU. (DOL)O*Net en Línea base de datos para determinar la experiencia laboral calificada. ElO*Net en Línea La base de datos clasifica la experiencia laboral en cinco “zonas laborales”. Si bien el sitio web del DOL enumera muchas ocupaciones, no todas las ocupaciones califican para el Programa DV. Para calificar para un DV en base a su experiencia laboral, debe tener, dentro de los últimos cinco años, dos años de experiencia en una ocupación clasificada en un rango de Preparación Vocacional Específica (SVP) de 7.0 o superior.


Si no cumple con los requisitos de educación o experiencia laboral, no será elegible para un DV y su cónyuge e hijos no serán elegibles para DV derivados.


5. ¿Cómo puedo encontrar las ocupaciones DV que califican en la página del Departamento de Trabajo? O*Net en Línea ¿base de datos?


Cuando estas en O*Net en Línea, siga estos pasos para determinar si su ocupación califica: 1. En "Buscar ocupaciones", seleccione "Familia de trabajos" en el menú desplegable;
2. Busque por “Familia de trabajos”, haga su selección y haga clic en “IR”.
3. Haga clic en el enlace de su ocupación específica; y
4. Seleccione la pestaña “Zona de Trabajo” para encontrar el número de Zona de Trabajo designado y el rango de calificación de Preparación Vocacional Específica (SVP).


Como ejemplo, seleccione Ingenieros aeroespaciales. En la parte inferior del Informe resumido para ingenieros aeroespaciales, en la sección Zona de trabajo, encontrará la Zona de trabajo designada 4, rango SVP, 7.0 a < 8.0. Usando este ejemplo, la ingeniería aeroespacial es una ocupación calificada.


6. ¿Existe una edad mínima para solicitar el Programa E-DV?


No hay una edad mínima para postularse, pero el requisito de educación secundaria o experiencia laboral para cada solicitante principal al momento de la solicitud descalificará efectivamente a la mayoría de las personas menores de 18 años


7. Estoy en los Estados Unidos. ¿Puedo ingresar al programa DV?


Sí, un participante puede presentar su solicitud mientras se encuentre en los Estados Unidos u otro país. Un participante puede enviar una entrada desde cualquier ubicación


8. ¿Qué miembros de la familia debo incluir en mi entrada DV?


Cónyuge: Si está legalmente casado, debe incluir a su cónyuge independientemente de si vive con usted o tiene la intención de emigrar a los Estados Unidos. Debe incluir a su cónyuge incluso s actualmente están separados de ellos a menos que estén legalmente separados. La separación legal es un acuerdo en el que una pareja permanece casada pero vive separada, tras una orden judicial. Si usted y su cónyuge están legalmente separados, su cónyuge no podrá inmigrar con usted a través del programa de Visas de Diversidad. No será penalizado si elige ingresar el nombre de un cónyuge del cual está legalmente separado. Si no está legalmente separado por una orden judicial, debe incluir a su cónyuge incluso si planea divorciarse antes de solicitar la Visa de Diversidad, o si su cónyuge no tiene intención de inmigrar. No incluir a su cónyuge elegible o incluir a alguien que no sea su cónyuge le hará no elegible para una DV. Si no está casado en el momento de la inscripción pero planea casarse en el futuro, no incluya a su cónyuge en su formulario de inscripción, ya que esto le haría no elegible para una DV. Si está divorciado o su cónyuge ha fallecido, no es necesario que incluya a su ex cónyuge.


La única excepción a este requisito es si su cónyuge ya es ciudadano estadounidense o Residente legal permanente. Si su cónyuge es ciudadano estadounidense o residente permanente legal, no lo incluya en su entrada. Un cónyuge que ya es ciudadano estadounidense o residente permanente legal no requerirá ni se le emitirá un DV. Por lo tanto, si selecciona "casado y mi cónyuge ES ciudadano estadounidense o LPR estadounidense" en su entrada, no podrá incluir más información sobre su cónyuge.


Niños: Debe enumerar a TODOS sus hijos vivos que no estén casados y tengan menos de 21 años al momento de su entrada DV inicial, ya sean sus hijos naturales, sus hijastros (incluso si ahora está divorciado del padre de ese niño), los hijos de su cónyuge. , o niños que haya adoptado formalmente de acuerdo con las leyes aplicables. Indique a todos los niños menores de 21 años al momento de su entrada electrónica, incluso si ya no residen con usted o si no tiene intención de que inmigren bajo el programa DV. No es necesario que incluya a los niños que ya son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, aunque no será penalizado si los incluye.


Los padres y hermanos del participante no son elegibles para recibir visas DV como dependientes y no debe incluirlos en su entrada


9. ¿Podemos mi cónyuge y yo presentar cada uno una entrada por separado?


Sí, cada cónyuge puede presentar una inscripción si cada uno cumple con los requisitos de elegibilidad. Si se selecciona cualquiera de los cónyuges, el otro tiene derecho a postularse como dependiente derivado.


10. Si el sistema E-DV rechaza mi inscripción, ¿puedo volver a enviarla?


Sí, puede volver a enviar su participación siempre que se complete antes de las 12:00 p. m. (mediodía), hora estándar del este (EST) (GMT-5) del martes 7 de noviembre de 2023. No será penalizado por enviar un duplicado. entrada si el sistema E-DV rechaza su entrada inicial. Dada la naturaleza impredecible de Internet, es posible que no reciba el aviso de rechazo de inmediato. Puede intentar enviar una solicitud tantas veces como sea necesario hasta que se reciba una solicitud completa y se envíe el aviso de confirmación. Una vez que reciba un aviso de confirmación, su entrada estará completa y NO debe enviar ninguna entrada adicional.


Presioné el botón "Enviar" pero no recibí un número de confirmación. Si envío otra entrada, ¿seré descalificado? Si no recibió un número de confirmación, su entrada no fue registrada. Debes enviar otra entrada. No se contará como duplicado. Una vez que reciba un número de confirmación, no vuelva a enviar su información


11. ¿Cómo sé si soy seleccionado?


Debe utilizar su número de confirmación para acceder a la Verificación del estado del participante disponible en el sitio web de E-DV endvprogram.state.gov desde el 4 de mayo de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025. La verificación del estado del participante es el único medio por el cual el Departamento de Estado le notificará si es seleccionado, le brindará más instrucciones sobre su solicitud de visa y le notificará la fecha de su cita para la entrevista de visa de inmigrante. y tiempo.


Para garantizar el uso de todas las visas disponibles, el Departamento de Estado puede utilizar la Verificación del estado del participante para notificar a los seleccionados adicionales después del 4 de mayo de 2024. Conserve su número de confirmación. hasta el 30 de septiembre de 2025, en caso de alguna actualización. El único sitio web autorizado del Departamento de Estado para el ingreso oficial en línea al Programa de Visas de Diversidad y la Verificación del Estado del Participante es dvprogram.state.gov .


Las embajadas y consulados de EE. UU. y el Centro Consular de Kentucky no pueden verificar el estado de su selección ni proporcionarle su número de confirmación directamente (excepto a través de la herramienta de recuperación Verificación del estado del participante). El Departamento de Estado NO puede proporcionar una lista de los seleccionados para continuar con el proceso de visa.


12. Si recibo una visa a través del programa DV, ¿el gobierno de los EE. UU. pagará mi pasaje aéreo a los Estados Unidos, me ayudará a encontrar vivienda y empleo y/o me brindará atención médica o algún subsidio hasta que esté completamente asentado?


No. El gobierno de los EE. UU. no le brindará ninguno de estos servicios si recibe una visa a través del programa DV. Si es seleccionado para solicitar un DV, antes de que se le emita un visa usted debe demostrar que no se convertirá en una carga pública en los Estados Unidos. Si es seleccionado y presenta una solicitud de visa de diversidad, debe familiarizarse con la guía pública del Departamento de Estado sobre cómo se evalúa la probabilidad de convertirse en una carga pública y qué evidencia se puede proporcionar para demostrar que no es probable que se convierta en una carga pública.





Última Actualización: Octubre 18 de 2023
Fuente: Departamento de Estado Estados Unidos