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Visa de turismo para viajar a República Dominicana

Visa de turismo República Dominicana

La Ley No. 875, de fecha 31 de julio de 1978, sobre Visados dispone que los extranjeros que deseen ingresar a territorio dominicano deberán estar provistos de visados en sus documentos de viaje correspondientes, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visados con fines turísticos.

Para realizar una solicitud de visa debe de contactar a la Embajada o Consulado más cercano a su lugar de residencia o designada como jurisdicción. En el siguiente enlace podrá verificar si usted necesita tener una visa para viajar República Dominicana y los datos de contacto para solicitarla si es el caso.


Requisitos para solicitar la visa de turismo a República Dominicana :



Facilidad de entrada al país sin visa:


Se otorgan en casos excepcionales para visitas de funcionarios civiles, diplomáticos, militares o de Gobierno a nivel internacional y personalidades invitadas por las Instituciones Públicas de nuestro país cuando no puedan solicitar cualquier tipo de visa en una de nuestras Misiones en el Exterior. También es utilizada para otorgar la entrada a grupos de personas que vayan a asistir a grandes eventos y convenciones a realizar en territorio con una estadía no mayor a una semana (7 días). La solicitud debe ser enviada a la Dirección de Asuntos Consulares y será autorizada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Las solicitudes deberán ser formuladas presentando la siguiente documentación:


Una vez recibida la solicitud de Facilidad de Entrada la misma va remitida a la Dirección General de Migración para su conocimiento. El tiempo de obtención se da entre 2 y 5 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas.

Nota: La solicitud y la información requerida debe ser presentada en el Ministerio de Relaciones Exteriores por lo menos una semana antes de la llegada del beneficiario o beneficiarios de la Facilidad de Entrada. Una vez emitida, la misma va remitida a la Dirección General de Migración para su conocimiento.








Última Actualización: Marzo 25 de 2021
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana

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