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Lo que debe saber del Formulario I-131 para Solicitud de Documento de Viaje

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Para solicitar un permiso de reingreso, documento de viaje para refugiado o documento de permiso adelantado de viaje incluido el permiso de entrada a los Estados Unidos por razones humanitarias, debe diligenciar el formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.

Si usted presenta este formulario para solicitar un documento de permiso adelantado de viaje y salir de Estados Unidos sin tener un documento de permiso adelantado de viaje que sea válido por todo el tiempo que estará en el extranjero, consideraremos que usted abandonó su Formulario I-131.

No confunda el Formulario I-131 con el Formulario I-131A: son dos formatos diferentes, el formulario I-131A Solicitud de Documento de Viaje para Residentes Permanentes se utiliza para solicitar un Documento de Viaje para Residentes Permanentes si está regresando de un viaje temporal al extranjero de menos de un año de duración y su Tarjeta de Residente Permanente se le perdió, fue robada o destruida, o si usted está regresando de un viaje temporal al extranjero de menos de dos años de duración, y su Permiso de Reingreso se le perdió, fue robado o destruido.


Descargue aquí el Formulario I-131 Solicitud de Documento de Viaje



Para obtener información acerca de dónde enviar su solicitud por correo verifique el siguiente enlace Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje


Evidencia requerida para presentar el formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje


La siguiente información es una guía o herramienta opcional para que use mientras prepara su formulario, pero no sustituye los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y presentar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se les soliciten específicamente en las instrucciones del formulario.

Debe tener en cuenta que si usted presenta cualquier documento (copias o documentos originales, si se les solicitan) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés, junto con una certificación de parte del traductor en la que afirma que la traducción está completa y es exacta, y que está cualificado para traducir de un idioma extranjero a inglés.


Para un documento de viaje de refugiado:


Para un permiso adelantado de reingreso:


Para obtener un documento de permiso adelantado de reingreso para las personas que están actualmente en Estados Unidos:


Para permiso adelantado de reingreso para alguien fuera de Estados Unidos (por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo):


Para recibir una notificación electrónica cuando hayamos recibido su Formulario I-131, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición y grápela a la primera página de su solicitud.


Tarifa de Presentación del formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje



Cuando usted envía un pago, acuerda pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y de datos biométricos son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su petición.

Si usted presenta su solicitud en una localidad segura (lockbox) de USCIS o centro de servicio: Pague la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja, o con una tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjetas de Crédito. Si paga con cheque, debe hacer su cheque pagadero a U.S. Departament of Homeland Security (en inglés). Los centros de servicio no pueden procesar los pagos con tarjetas de crédito.

Si presenta su solicitud en una oficina local: Usted no puede pagar tarifas con un giro postal o cheque de caja si presenta su solicitud en una oficina local. Solo puede pagar con cheque personal, tarjeta de débito, tarjeta de crédito, o tarjeta de débito/crédito prepago recargables.

No tiene que pagar una tarifa adicional por el Formulario I-131 si:


Para solicitudes de Documentos de Viaje de Refugiados presentadas desde fuera de Estados Unidos, usted debe pagar la(s) tarifa(s) de presentación correspondientes al cajero de la oficina internacional de USCIS, embajada o consulado de EE. UU. que tiene jurisdicción sobre su localidad. Por favor, vea la página web de la embajada o consulado correspondiente para confirmar la forma aceptable de pago. Incluya el recibo de tarifa de la embajada o consulado de Estados Unidos cuando presente su paquete de solicitud completo.

No envíe efectivo, cheques personales, o cheques de viajero. Si no incluye un recibo de tarifa cuando presente su formulario, rechazaremos su solicitud.







Última Actualización: Marzo 10 de 2021
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

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