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    Residencia para Victimas
    de Abuso Doméstico
    Por: Sonia Muñoz, Esq.

    ¿Es usted víctima de abuso doméstico?
    En los Estados Unidos existen miles de víctimas de abuso doméstico, que no buscan ayuda por miedo a ser deportados. El abuso doméstico incluye abuso físico, mental, o emocional. Las personas que sean víctimas de este tipo de abuso pueden solicitar independientemente por su permiso de trabajo y residencia permanente (Green Card). El esposo o esposa quien comete el abuso no tiene nada que ver con el proceso, no tiene que firmar ninguna solicitud ni documento, y no asiste a la entrevista en el USCIS (Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos).

    Para calificar para la residencia permanente el solicitante tiene que estar casado con una persona quien lo este abusando. El abusador no tiene que ser ciudadano Americano. Aun siendo el abusador residente permanente, la víctima del abuso puede calificar para obtener la residencia permanente (Green Card). Se requiere que la persona esté casada y se haya casado legalmente. Además de estar casados, se requiere evidencia del abuso. En estos tipos de casos hay muchas maneras de poder establecer la existencia del abuso. Ejemplos típicos de evidencia que acepta el Servicio de Inmigración son: archivos médicos o de hospital, archivos de sicólogos, archivos de albergues para víctimas de abuso, declaraciones juramentadas de familiares o vecinos, etc.

    En algunos casos no existen moretones físicos pero el abuso mental o emocional es tan obvio que el USCIS le otorga la residencia permanente (Green Card) al inmigrante. Los casos de maltrato mental o emocional son un poco más difíciles de establecer ya que más evidencia es necesaria. Sin embargo, la ley de Inmigración reconoce este tipo de maltrato como abuso domestico y otorga residencias permanentes a los solicitantes que califiquen.

    En Estados Unidos existen muchas leyes que protegen a personas del abuso domestico e incluyen protección específicamente para inmigrantes. El estatus legal o la manera de entrada (por la frontera o con visa) a los Estados Unidos no afecta el caso de la víctima. Tampoco afecta que el abusador no sea ciudadano Americano. Si usted está en una situación donde es víctima de abuso o maltrato domestico no espere a ser otra estadística y pretéjase hoy.

    Sobre la Autora:
    La Abogada Sonia M. Muñoz es la Presidente de Immigration Legal Counsel, LLC.; un Bufete de Leyes localizado en el Sur de la Florida. El Bufete se especializa en proteger los derechos de los Inmigrantes, procesos consulares, y en asistir profesionales extranjeros a entrar y trabajar en los Estados Unidos. Puede obtener mas información sobre el Bufete y la Abogada Sonia M. Muñoz visitando la pagina de web www.ilclawfirm.com o llamando al 1-866-482-VISA(8472).

    Última Actualización: Marzo de 2008

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