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Portada > Visas Temporales de Trabajo > Trabajadores H-2A Agrícolas y H-2B No-Agrícolas
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    Trabajadores H-2A Agrícolas y H-2B No-Agrícolas

    Las categorías de visas H-2A y H-2B se aplican a las personas que quieren venir a los Estados Unidos para trabajar en un empleo que es de temporada o estacional.

    • La categoría H-2A se aplica si usted tiene la intención de trabajar en un empleo agrícola de naturaleza estacional
    • La categoría H -2B se aplica si usted tiene la intención de trabajar en un empleo no-agrícola que es estacional, intermitente, tiene requisitos de demanda laboral pico o se ofrece solamente una vez.

    Importante: Solo pueden aplicar para las visas H-2A y H-2B individuos procedentes de Ecuador, Nicaragua, Uruguay, Croacia, Etiopía, Irlanda, Lituania, los Países Bajos, Noruega, Serbia y Eslovaquia. En casos individuales, un nacional de un país que no está en la lista puede ser elegible si su participación es de interés para los Estados Unidos.

    Su empleador en los EE.UU. debe tramitar un Formulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante, de parte suya.

    Criterios de elegibilidad

    Categoría de visa

    Requisitos generales

    ¿Se requiere una Certificación laboral temporal?

    H-2ATrabajador agrícola temporal o estacional*

     

     

    El empleo ofrecido debe ser de naturaleza estacional o de temporada

    El empleador debe demostrar que los trabajadores de los EE.UU. calificados y dispuestos, no están disponibles para trabajar en el momento o el lugar donde se necesitan

    El empleador debe demostrar que el empleo de trabajador es extranjeros no tendrá un efecto adverso sobre los salarios y condiciones de trabajo de trabajadores de los EE.UU. en empleos similares

    Si.  Vea la información abajo con respecto a certificación del Departamento de Trabajo.

    H-2B Trabajador no agrícola temporal o estacional*

    El trabajo y el requisito del empleador debe ser para una sola vez, de temporada, para satisfacer una demanda laboral pico, o intermitente

    El empleador debe demostrar que los trabajadores de los EE.UU. calificados y dispuestos, no están disponibles para trabajar en el momento o el lugar donde se necesitan

    El empleador debe demostrar que el empleo de trabajadores extranjeros no tendrá un efecto adverso sobre los salarios y condiciones de trabajo de trabajadores de los EE.UU en empleos similare

    Únicamente los nacionales de ciertos países designados pueden ser elegibles para una visa H-2B

    Si.  Vea la información abajo con respecto a certificación del Departamento de Trabajo.

     

    *Nota: se han desarrollado procedimientos especiales para manejar el trámite de solicitudes para pastores de ovejas. Por favor vea el documento de Certificación Laboral para Extranjeros del Departamento de Trabajo de los EE.UU..

    Trámite para la solicitud para la visa H-2A para trabajador agrícola

    • Su empleador debe solicitar una certificación laboral temporal H-2A del Departamento de Trabajo de los EE.UU. (DOL).  Su empleador debe comprobar a la satisfacción del DOL, que contratarlo a usted no desplazará a un trabajador calificado EE.UU., o tendrá un impacto adverso sobre los salarios y las condiciones de trabajo de esos trabajadores.  Por otra parte, el DOL también debe determinar si los servicios o el trabajo que usted desempeña califica como “trabajo o servicios agrícolas”.
    • Si el DOL aprueba una certificación laboral temporal, su empleador puede tramitar el Formulario I-129 , Petición para un trabajador no-inmigrante, con USCIS para que usted sea clasificado como un trabajador no-inmigrante H-2A. La certificación laboral aprobada por el DOL debe presentarse junto con el Formulario I-129, y con la evidencia para comprobar que usted satisface los requisitos mínimos de empleo que se constatan en la certificación laboral en el momento de presentar la solicitud.

    Si su Formulario I-129 se aprueba y usted está fuera de los Estados Unidos, debe completar el trámite para la visa en el consulado o la embajada Americana apropiada.

    Periodo de Estadía H-2A

    Generalmente, la visa H-2A es valida por un año.  Sin embargo, extensiones de hasta un (1) año son posibles, con un máximo de tres (3) años.  Sin embargo, se requiere que un individuo que ha tenido estatus de no-inmigrante H-2A por un total de tres (3) años permanezca fuera de los Estados Unidos por un periodo ininterrumpido de tres (3) meses antes de buscar su readmisión en calidad de no-inmigrante H-2A.

    Familia de portadores de visa H-2A

    Cualquier cónyuge e hijo soltero menor de 21 años de edad tiene derecho a una clasificación de no-inmigrante H-4, pero no pueden ser empleados como no-inmigrante H-4.

    Proceso de solicitud para trabajadores no agrícolas H-2B
    • Su empleador debe solicitar una certificación laboral temporal H-2B del Departamento de Trabajo de los EE.UU. (DOL).  Su empleador debe comprobar a la satisfacción del DOL, que contratarlo a usted no desplazará a un trabajador calificado EE.UU., o tendrá un impacto adverso sobre los salarios y las condiciones de trabajo de esos trabajadores.  Por otra parte, el DOL también debe determinar si los servicios o el trabajo que usted desempeña serán algo que ocurre una sola vez, es una necesidad estacional, una demanda laboral pico, o una necesidad intermitente.
    • Si el DOL aprueba una certificación laboral temporal, su empleador puede tramitar el Formulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante, con USCIS para que usted sea clasificado como un trabajador no-inmigrante H-2B. La certificación laboral aprobada por el DOL debe presentarse junto con el Formulario I-129, y con la evidencia para comprobar que usted satisface los requisitos mínimos de empleo que se constatan en la certificación laboral en el momento de presentar la solicitud.  Las peticiones únicamente pueden ser aprobadas de parte de nacionales de ciertos países, designados como países participantes por el Secretario de Seguridad Nacional, en coordinación con el Secretario de Estado.  En casos individuales, un nacional de un país que no está en la lista puede ser elegible si su participación es de interés para los Estados Unidos.
    • Si su Formulario I-129 se aprueba y usted está fuera de los Estados Unidos, usted debe completar el proceso de visa en el consulado o la embajada Americana apropiada.
    Periodo de estadía H-2B

    La visa H-2B es válida por un año, pero ocasionalmente puede ser valida para un evento específico que ocurre una sola vez, por hasta tres años.  Las extensiones de hasta un año son posibles, con un máximo de tres años. 

    Sin embargo, se requiere que un individuo que ha tenido estatus de no-inmigrante H-2B por un total de tres años permanezca fuera de los Estados Unidos por un periodo ininterrumpido de tres meses antes de buscar su readmisión en calidad de no-inmigrante H-2B.

    Familia de portadores de visa H-2B

    Cualquier cónyuge e hijo soltero menor de 21 años de edad tiene derecho a una clasificación de no-inmigrante H-4, pero no pueden ser empleados como no-inmigrante H-4.

    Última Actualización: Febrero de 2010

    Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América


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