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¿Qué es el formulario I-9 Verificación de Elegibilidad de Empleo?

Empleos en Estados Unidos

La cumplimentación y presentación del formulario I-9 es un requisito obligatorio para todos los empleadores en Estados Unidos, ya que sirve para autorizar y verificar la identidad de cualquier persona que sea contratada para un empleo. Todos aquellos, sean ciudadanos o no, empleados o empleadores (o sus correspondientes representantes debidamente designados) deben completar este documento.


El empleado debe dar su autorización siempre y cuando vaya a trabajar en el empleo citado, proporcionando la documentación adecuada de su identidad y la correspondiente autorización del empleador. El empleador está obligado a comprobar la elegibilidad del empleado para el empleo y la validez o vigencia de los documentos presentados. Toda esta información debe quedar debidamente reflejada en el formulario I-9. Los documentos permitidos figuran en la última página del formulario. Los empleadores deberán conservar el impreso durante el plazo predefinido y ponerlo a disposición de las autoridades gubernamentales autorizadas para su revisión.



1. ¿Están obligados a completar el formulario I-9 los ciudadanos estadounidenses y los extranjeros?


Los ciudadanos estadounidenses y los no ciudadanos pueden ser contratados sin la necesidad de completar otras solicitudes adicionales. Sin embargo, para completar el proceso de contratación, el empresario debe reunir toda la documentación necesaria y el formulario I-9. Las personas nacidas en Estados Unidos, Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes estadounidenses y el Estado Libre Asociado de las Islas Marianas del Norte se consideran ciudadanos estadounidenses. Las personas no ciudadanas de Estados Unidos que deben lealtad permanente a la nación (como los nacidos en Samoa Americana o en la Isla Swains), se consideran ciudadanos estadounidenses no nacionales. Los residentes de los Estados Federados de Micronesia y de la República de las Islas Marshall no están clasificados como nacionales no ciudadanos. Sin embargo, pueden buscar empleo en Estados Unidos.



2. ¿Es necesario completar el formulario I-9 para contratistas independientes o su personal?


No es necesario presentar el formulario I-9 de los empleados de una empresa de construcción externa contratada para realizar reformas en un edificio. La empresa constructora es la que tiene la obligación de realizar estas tareas. No obstante, no está permitido contratar mano de obra o servicios de un trabajador sin la correspondiente autorización mediante un contrato, subcontrato o trueque.



3. Si el Departamento de Seguridad Nacional determina que mi empleado no reúne los requisitos para el empleo tras revisar el formulario, ¿cuál será el resultado?


No es posible ser sancionado por una infracción de verificación. Además, se puede invocar una defensa de buena fe contra las sanciones por contratar a sabiendas a una persona sin la autorización necesaria a menos que la administración pueda aportar pruebas de que el empresario era consciente de la falta de documentación del empleado.



4. ¿Está permitido pedir a un empleado que presente un documento concreto al completar el formulario I-9?


No. El empleado puede optar por presentar cualquiera o todos los documentos enumerados en la Lista A y el documento combinado (uno de la Lista B y uno de la Lista C) en la Lista C a través del Formulario I-9. El documento del gobierno (artículo 28) debe parecer razonablemente legítimo y estar en regla. Cualquier desviación de esta práctica podría considerarse una violación de la cláusula antidiscriminatoria de la INA. Todas las personas deben tener las mismas oportunidades en los procesos de reclutamiento, contratación y verificación, independientemente de su aspecto físico o acento.


Para más información sobre la discriminación relacionada con el formulario I-9, póngase en contacto con la línea directa para empresarios de la IER en el 800-255-8155 (800-237-2515 para usuarios de TTY) o visite justice.gov/ier.


Es importante tener en cuenta que las empresas que utilizan E-Verify solo pueden aceptar documentos de la Lista B que incluyan una fotografía



5. ¿Es mi obligación asegurarme de la legitimidad de cualquier documento proporcionado por un empleado?


Los originales de los documentos presentados deben ser analizados y, tras una evaluación razonable de su autenticidad y relevancia, deben ser aceptados. La negativa a hacerlo puede constituir una práctica laboral injusta relacionada directamente con la inmigración. Si los documentos parecen dudosos o no pertenecen a la persona que los presenta, no deben aceptarse.


No obstante, el trabajador debe tener la posibilidad de aportar documentos adicionales de las listas de documentos aceptables.



6. ¿Puedo recibir un duplicado de un documento de un empleado?


No. Los trabajadores deben presentar la documentación original. Únicamente se admite la presentación de un duplicado compulsado o de la partida de nacimiento.



7. ¿Pueden los empleados aportar recibos de documentos sin presentar las copias originales que se citan en las Listas de Documentos Aceptables?


La regla que se aplica en este caso está desarrollada como un instrumento destinado a abordar las posibles situaciones en las que un empleado ha sido aprobado para trabajar en el momento de la contratación, la autenticación inicial o la reverificación, pero no tiene el documento específico que se muestra en las Listas de Documentos Aceptables. De conformidad con la Sección 4.3, Recibos aceptables, no se puede aceptar un recibo que demuestre la solicitud del empleado sobre una concesión inicial de autorización de empleo. Para más información, consulte dicha sección.



8. El nuevo empleado presentó dos documentos anexos al formulario I-9 que difieren en el apellido. Uno de los documentos coincide con el nombre introducido en la sección 1. Se explicó que el empleado se había casado recientemente y había cambiado su apellido. En estos casos ¿es posible modificar la documentación incorrecta con el mismo nombre?. ¿Es posible aceptar el documento con otro nombre diferente?


Se permite recibir un documento que lleve un nombre distinto al registrado en la sección 1 siempre que el documento sea pertinente para el empleado en cuestión. Es posible incluir una explicación concisa de la discrepancia junto al formulario I-9 del empleado. El empleado es libre de aportar pruebas para validar su situación pero no es obligatorio. Si cree que el documento contiene un nombre sospechoso que no está relacionado con el empleado y no parece legítimo, debe solicitar otro de los documentos permitidos. Si el documento presentado por el empleado figura un nombre distinto y asemeja ser un documento válido y legítimo de acuerdo con la Lista de documentos aceptables del formulario I-9, se le podrá solicitar más documentación.



9. El nombre que figura en la documentación que me ha facilitado mi empleado no coincide con el nombre facilitado en el apartado 1 del formulario I-9. ¿Es admisible esta documentación?


Una vez revisado, el documento se aceptará siempre que el empleado justifique la ligera variación ortográfica y el documento parezca razonablemente auténtico y relevante para el empleador.



10. El EAD del empleado a mi cargo ha caducado y ahora me piden que presente la tarjeta de la Seguridad Social. ¿Será necesario presentar un documento válido emitido por el Departamento de Seguridad Nacional?


La verificación de la identidad requiere que el empleado seleccione un documento de la Lista A o de la Lista C para que se le considere conforme. Si el documento presentado es una tarjeta de la Seguridad Social sin restricciones, no es necesario presentar otro documento del Departamento de Seguridad Nacional. Si el empleado presenta una tarjeta de la Seguridad Social restringida, no será un documento aceptable y deberá ser rechazado. En estos casos, solicite un documento alternativo de la Lista A o C.










Última Actualización: Noviembre 29 de 2022
Fuente: www.uscis.gov

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