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¿Cómo Puedo Obtener Prueba De Mi Ciudadanía Estadounidense?

Prueba de Ciudadanía

Si usted nació en los Estados Unidos, no tiene que solicitar ninguna prueba de ciudadanía ante USCIS. El certificado de nacimiento suyo emitido por el estado de los Estados Unidos donde usted nació constituye prueba de su ciudadanía.


Si usted nació fuera de los Estados Unidos, pero uno de sus padres o los dos eran ciudadanos estadounidenses en el momento en que usted nació, usted todavía podría ser ciudadano estadounidense. Esto se conoce como ciudadanía por derivación. Generalmente hay requisitos específicos adicionales, y algunas veces puede adquirirse la ciudadanía a través de una combinación de un padre y un abuelo.


¿Qué documentos se aceptan generalmente como prueba de la ciudadanía estadounidense?
Los documentos más comunes que demuestran que posee ciudadanía estadounidense son:



Nací en los Estados Unidos. ¿Dónde puedo obtener una copia de mi certificado de nacimiento?
Verifique con el Departamento de Salud (Registros Vitales) en el estado de los Estados Unidos en el que usted nació. Si desea obtener más información, visite la página de Internet del Centro Nacional de Estadísticas de Salud, en www.cdc.gov/nchs/births. htm.


Soy ciudadano de los Estados Unidos. Mi hijo(a) nacerá o nació recientemente en el extranjero. ¿Cómo doy cuenta de su nacimiento y de su ciudadanía estadounidense?
Por favor, comuníquese con el Departamento de Estado de los Estados Unidos o con la Embajada o el Consulado de Estados Unidos en el país donde nacerá o nació su hijo para que obtenga más información sobre los requisitos de elegibilidad y sobre cómo dar cuenta de la ciudadanía estadounidense de su hijo.


Nací en el extranjero. Mi nacimiento y mi ciudadanía estadounidense fueron registradas en una embajada o consulado de los Estados Unidos. Necesito una copia de la prueba de mi ciudadanía. ¿Con quién debo comunicarme?
Póngase en contacto con el Departamento de Estado de los Estados Unidos. Si desea obtener más información, visite su sitio de Internet en www.state.gov.


Nací en el extranjero. Creo que soy ciudadano estadounidense por nacimiento, porque mis dos padres o uno de ellos eran ciudadanos estadounidenses cuando nací. Pero mi nacimiento y mi ciudadanía no fueron registrados en la Embajada de los Estados Unidos cuando nací. ¿Puedo solicitar que se reconozca mi ciudadanía?
El hecho de que alguien nacido fuera de los Estados Unidos e hijo de padres estadounidenses sea ciudadano de los Estados Unidos depende de la ley que estaba vigente cuando esa persona nació. Estas leyes han cambiado con el pasar de los años, pero usualmente se requiere una combinación de que el padre o la madre fuera ciudadano de los Estados Unidos cuando el niño nació, y que hubiera vivido en los Estados Unidos o sus territorios por un periodo específico. La ciudadanía derivada puede ser muy compleja y puede que requiera un análisis legal exhaustivo.


Nací en el extranjero. Uno de mis padres era ciudadano estadounidense, pero nunca vivió en los Estados Unidos. Uno de mis abuelos también era ciudadano estadounidense. ¿Puede ser que yo tenga ciudadanía estadounidense derivada?
Si su padre o madre era ciudadano estadounidense cuando usted nació, pero el o ella no había vivido en los Estados Unidos durante el periodo de tiempo requerido antes de que usted naciera, y uno de sus abuelos también era ciudadano estadounidense y ya había cumplido con los requisitos de residencia, entonces usted podría tener ciudadanía estadounidense derivada. Las disposiciones de las leyes de inmigración que rigen la ciudadanía derivada son muy precisas y las circunstancias de los casos particulares pueden ser complejas. Si desea obtener información específica sobre cómo aplica la ley, visite nuestro sitio web www.uscis.gov o el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en www.state.gov o llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS, al (800) 375-5283.


Nací en el extranjero. Después que nací, mi padre o mi madre, o ambos, adquirieron la ciudadanía estadounidense por naturalización. ¿Puede ser que yo tenga ciudadanía estadounidense derivada?
Si su padre o su madre se naturalizaron antes del 27 de febrero de 2001, y usted era residente permanente, menor de 18 años en ese momento, puede ser que automáticamente usted haya adquirido la ciudadanía estadounidense. Antes de esa fecha, puede ser que usted haya adquirido automáticamente la ciudadanía estadounidense si usted era residente permanente y tenía menos de 18 años cuando ambos padres se naturalizaron, o si usted tenía solamente a uno de sus dos padres, cuando ese padre se naturalizó.


No obstante, si su padre o su madre, o ambos, se naturalizaron después que usted tenía 18 años de edad, entonces usted tendrá que solicitar la naturalización por su propia cuenta después de ser residente legal por un periodo de 5 años.


¿Cómo solicito que se me reconozca mi ciudadanía?
Usted tiene dos opciones:


¿Cómo puedo reemplazar un certificado de naturalización o un certificado de ciudadanía que se me haya perdido o haya sido robado o destruido?
Para solicitar un reemplazo del certificado de naturalización o del certificado de ciudadanía emitido por USCIS o por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, envíe un Formulario N-565, Solicitud de Reemplazo del Documento de Naturalización o Ciudadanía. La solicitud N-565 está disponible en nuestro sitio web.







Última Actualización: Junio 25 de 2018
Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

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