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Ley de Ajuste Nicaragüense y de Alivio Centroamericano

Ley de Ajuste Nicaragüense y de Alivio Centroamericano

La Sección 203 de la Ley de Ajuste Nicaragüense y de Ayuda a Centroamérica (NACARA, por sus siglas en inglés), permite que algunas personas cualificadas soliciten la suspensión de deportación o la cancelación de su remoción.

Después de que Usted Presente su Solicitud


Huellas Dactilares


Para más información sobre dónde estamos localizados vea las páginas Localizador de ASC o Localizador de Oficinas de Asilo.

Programación de su Entrevista


Si existen razones para que usted solicite una programación expedita para su cita de entrevista NACARA, usted debe presentar una petición, ya sea por correo o personalmente en la oficina de asilo que tiene jurisdicción sobre su residencia, en la que explique las razones para su solicitud.


Cómo Prepararse para la Entrevista


Para poder recibir su decisión lo más pronto posible después de la entrevista, por favor esté preparado para entregarle al oficial de asilo cualquier documento necesario para demostrar su elegibilidad. Estos documentos pueden incluir:


Si usted tiene un pasaporte válido y USCIS aprueba su solicitud NACARA, se le estampará su pasaporte con evidencia temporal de su estatus de residente permanente.


Si No Puede Comparecer a su Entrevista


Vea la página del Localizador de Oficinas de Asilo para obtener los números de teléfonos y direcciones.

Si Usted Cambió su Dirección


Usted podría:


Su Entrevista

Su entrevista se llevará a cabo de manera no contenciosa; no es una audiencia judicial.

Si usted tiene tanto una solicitud NACARA como una solicitud de asilo pendientes con la oficina de asilo, por lo general llevamos a cabo la entrevista NACARA primero. Si la oficina de asilo le otorga su ayuda NACARA, se le dará la opción de retirar su solicitud de asilo. Si decide no retirar su solicitud de asilo, le programaremos su entrevista de asilo.

Su Decisión

Puede que el oficial de asilo le informe la decisión el día de su entrevista. Si el oficial de asilo no le informa la decisión el día de la entrevista, le pediremos que regrese a la oficina de asilo para recibir la decisión en una fecha posterior o le enviaremos la decisión por correo.

No podemos aprobar su solicitud hasta que usted firme un documento admitiendo que usted no tiene estatus legal en Estados Unidos. El oficial de asilo le pedirá que firme este documento solo si tiene la intención de aprobar su solicitud, confiriéndole su estatus de residente permanente.







Última Actualización: Enero 11 de 2020
Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

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