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Programa De Visas De Diversificación De Inmigrantes Para El Año 2003 (Dv-2003)

Lotería De Visas DV-2003

El período de inscripción por correo para el programa de visas de inmigrante Diversidad 2003 (DV-2003) irá del mediodía del 1 de octubre de 2001 hasta el mediodía del 31 de octubre de 2003.

La Sección 203 (c) de la Ley de Inmigración de 1990 pone a disposición cada año hasta 55.000 visas de residente permanente para inmigrantes (Nota 1) seleccionados al azar a través de una lotería de Visas de Diversidad (DV-2003). Las visas se distribuyen entre seis regiones geográficas. Una gran cantidad de visas será para las regiones que tienen tasas bajas de inmigración (a Estados Unidos) y no se emitirán visas a los ciudadanos de países que han enviado más de 50.000 inmigrantes a Estados Unidos durante los cinco años previos . Dentro de cada región, ningún país puede recibir más del siete por ciento de Visas de Diversidad disponibles en un año.

No hay un formato específico para inscribirse, pero es importante proporcionar toda la información requerida. Las inscripciones para la Lotería de Visas Diversidad 2003 deben recibirse en una de las direcciones postales del Centro Consular de Kentucky (ver abajo) durante el período para recibir las solicitudes enviadas por correo. Se descalificará toda inscripción enviada a la dirección incorrecta o recibida antes o después de las fechas indicadas de inscripción , no importa cuando haya sido sellada. Sírvase observar varios cambios en los requisitos y eligibilidad que abajo se describen.


¿COMO SE REPARTEN LAS VISAS?

Las visas serán distribuidas entre seis regiones geográficas. Una gran cantidad de visas será para las regiones que tienen tasas bajas de inmigración (a Estados Unidos) y no se emitirán visas para los países que han enviado más de 50.000 inmigrantes a Estados Unidos durante los cinco años previos. Ningún país puede recibir más del siete por ciento de Visas de Diversidad disponibles en un año.

El Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) determina cada año la información sobre adjudicación de visas para cada región, conforme a una fórmula especificada en la Sección 203(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Las seis regiones geográficas son:

-- AFRICA: Son elegibles todos los países del continente africano e islas adyacentes.

-- ASIA: Son elegibles todos los países con excepción de China (nacidos en territorio continental), India, Pakistán, las Filipinas, Corea del Sur y Vietnam. Las personas nacidas en la región administrativa especial de Hong Kong, región administrativa especial de Macao y Taiwan son elegibles.

-- EUROPA: Son elegibles todos los países con excepción de Gran Bretaña (el Reino Unido) y sus territorios dependientes. (Irlanda del Norte es elegible).

-- AMERICA DEL NORTE: Las Bahamas es el único país elegible en la región este año. (Canadá no es elegible para la lotería DV).

-- OCEANIA: Son elegibles todos los países de la región, incluidos Australia, Nueva Zelandia, Papúa Nueva Guinea y los países e islas del Pacífico Sur.

-- AMERICA DEL SUR, AMERICA CENTRAL Y EL CARIBE: Son elegibles todos los países excepto Colombia, la República Dominicana, El Salvador, Haití, Jamaica y México.


¿QUIEN NO ES ELEGIBLE?

En la mayor parte de los casos, no son elegibles para el programa las personas nacidas en países de "alta admisión". Se define como países de "alta admisión" a aquéllos de los cuales Estados Unidos ha recibido más de 50.000 inmigrantes durante los últimos cinco años en las categorías de familia inmediata, parientes y preferencia de empleo. Cada año el INS suma las cifras de admisión de familia y empleo de los cinco años previos para identificar a los países que deben ser excluidos de la lotería anual de Visas de Diversidad. Puesto que se hace una determinación separada antes de cada período de participación en el sorteo, la lista de países que no califican está sujeta a cambio cada año.

Para el programa de visas DV-2003, los países de "alta admisión" son: Canadá, China (nacidos en territorio continental), Colombia, la República Dominicana, El Salvador, Haití, India, Jamaica, México, Pakistán, las Filipinas, Corea del Sur, el Reino Unido y territorios dependientes y Vietnam. Las personas nacidas en la región administrativa especial de Hong Kong, la región administrativa especial de Macao, Taiwan e Irlanda del Norte son elegibles para participar en la lotería del programa DV-2003.


¿HAN CAMBIADO LOS REQUISITOS DESDE LA INSCRIPCION DEL AÑO ANTERIOR?

Ha cambiado la dirección postal para enviar las solicitudes del programa DV. L os solicitantes deben enviar su inscripción, por correo, al Centro Consular de Kentucky a una de las seis direcciones que abajo se indican . Las inscripciones deben enviarse por correo ordinario o aéreo a la dirección que corresponda a la región del país de nacimiento del solicitante. Toda inscripción que se envíe por correo expreso o prioritario, correo aéreo de entrega al día siguiente, fax, en mano, por mensajero o por cualquier medio que requiera manejo especial será descalificada.

Toda inscripción que se envíe a cualquier otra dirección que no sea la del Centro Consular de Kentucky que abajo se indica será descalificada.

Africa:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
1001 Visa Crest
Migrate, KY 41901-1000, U.S.A.

Asia:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
2002 Visa Crest
Migrate, KY 41902-2000, U.S.A.

Europa:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
3003 Visa Crest
Migrate, KY 41903-3000, U.S.A.

América del Sur, América Central y el Caribe:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
4004 Visa Crest
Migrate, KY 41904-4000, U.S.A.

Oceanía:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
5005 Visa Crest
Migrate, KY 41905-5000, U.S.A.

América del Norte:
DV-2003 Program
Kentucky Consular Center
6006 Visa Crest
Migrate, KY 41906-6000, U.S.A.

Las condiciones que debe reunir el candidato así como la información que se requiere en la solicitud y en el sobre en que se envíe se especifican abajo. Esta información tambien puede ser encontrada en inglés en el "Boletín de Visas" de la Oficina de Asuntos Consulares (http://travel.state.gov). Cada solicitud debe ser firmada personalmente por el solicitante. Debe observarse que ahora se requieren fotografías del candidato y de todos sus dependientes y que éstas deben ajustarse a las especificaciones contenidas en el "Boletín de Visas". Debe tenerse en cuenta también que la definición de lo que constituye una experiencia de trabajo que reúne las condiciones se encuentra en la base de datos en línea O'Net del Departamento de Trabajo en la siguiente dirección: www.onetcenter.org.


¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA PARTICIPAR?

Todos los solicitantes deben ser originarios de un país elegible. Sin embargo, si una persona nació en un país que no es elegible pero su cónyuge nació en un país elegible, esa persona puede invocar el país de nacimiento del esposo o esposa, siempre que se emitan las visas simultáneamente tanto al solicitante como al cónyuge y los dos entren a Estados Unidos simultáneamente. Asimismo, si una persona ha nacido en un país que no es elegible, pero ninguno de sus padres era nacido o había residido allí en el momento del nacimiento, esa persona podría invocar el país de nacimiento de uno de sus padres.

Además, los solicitantes deben tener educación de escuela secundaria o equivalente, o durante los cinco años previos haber tenido dos años de experiencia laboral en una ocupación que requiere por lo menos dos años de adiestramiento o experiencia. Si el solicitante no cumple con estos requisitos, no debería inscribirse para el programa DV.

No hay que hacer ningún pago inicial ni llenar formularios especiales de inscripción para participar. La solicitud debe escribirse a máquina o con letras de imprenta claramente en alfabeto inglés en una hoja de papel simple y debe incluir los siguientes datos:

-- NOMBRE COMPLETO del solicitante con el apellido subrayado;
-- FECHA Y LUGAR DE NACIMIENTO del solicitante;
-- PAIS DE ORIGEN del solicitante si es diferente del país de nacimiento;
-- NOMBRE Y FECHA Y LUGAR DE NACIMIENTO del CONYUGE E HIJOS del solicitante, incluso los hijos adoptados o hijastros, MENORES DE 21 AÑOS (todos los hijos menores solteros deben ser enumerados en la inscripción del solicitante principal, aunque el solicitante ya no esté casado legalmente con el padre del niño y ya sea que deseen inmigrar o no). La inscripción no será procesada si no se enumera a todos los hijos.
-- UNA FOTOGRAFIA RECIENTE DEL SOLICITANTE, EL CONYUGUE Y TODOS LOS HIJOS. La inscripción no será procesada si no se incluyen fotografías de todos los miembros de la familia.
-- La DIRECCION POSTAL del solicitante y, si fuera posible, un número de teléfono;
-- LA FIRMA DEL SOLICITANTE, usando su firma usual en el idioma nativo. Toda solicitud que haya sido firmada personalmente por el solicitante será descalificada.

Esta información debe enviarse por correo regular o correo aéreo a una de las seis direcciones postales en Kentucky. Las inscripciones deben recibirse durante período de inscripción por correo para el programa de visas de inmigrante Diversidad 2003 (DV-2003) -- del mediodía del 1 de octubre de 2001 hasta el mediodía del 31 de octubre de 2001 . Los solicitantes deben usar la dirección correcta designada para su región de origen. La inscripción debe ser enviada en un sobre tamaño carta u oficio, con el país de origen, nombre completo y dirección postal completa del solicitante escritos a máquina o claramente en letras de imprenta en alfabeto inglés en la parte superior izquierda del sobre. No se aceptan tarjetas postales .

El esposo y la esposa pueden cada uno someter una solicitud, si ambos reúnen las condiciones. Si uno de ellos es seleccionado, el otro tendrá derecho a condición derivada. Nota: el esposo o la esposa no pueden firmar el uno por el otro. Cada candidato debe firmar su propia solicitud.

Sólo puede presentarse una inscripción por cada solicitante durante el período de inscripción. Toda inscripción que se envíe por correo expreso o prioritario, fax, en mano, por mensajero o por cualquier medio que requiera constancia de recibo o manejo especial no será procesada . Las inscripciones duplicadas o múltiples descalificarán al individuo para inscribirse en este programa. Se descalificará toda inscripción recibida antes o después de las fechas indicadas de inscripción, NO IMPORTA CUANDO HAYA SIDO SELLADA, y toda inscripción enviada a una dirección distinta a las indicadas. Todas las inscripciones recibidas durante el período de inscripción y que cumplan con los requisitos descritos previamente serán numeradas individualmente y los solicitantes que califiquen serán seleccionados al azar por computadora, no importa cuando se haya recibido la inscripción durante el período especificado para enviarla.

Sírvase tomar nota de que la inscripción será descalificada si no se siguen cuidadosamente estas instrucciones.

¿QUE QUIERE DECIR EL TERMINO "ORIGINARIO DE"? ¿EXISTE ALGUNA SITUACION EN LA CUAL UNA PERSONA QUE NO NACIO EN UN PAIS ELEGIBLE PUEDE PRESENTAR UNA SOLICITUD?

En la mayoría de los casos "originario de un país" normalmente significa nacido en un país en particular, sin consideración del país de residencia actual del solicitante o de su nacionalidad. SIN EMBARGO, si la persona nació en un país que no es elegible pero su cónyuge nació en uno que sí lo es, dicha persona puede invocar el país de nacimiento de su cónyuge, siempre y cuando tanto el al solicitante como al cónyuge se les otorguen visas simultáneamente e ingresen a Estados Unidos al mismo tiempo. Los hijos menores dependientes pueden ser declarados naturales del país de nacimiento de uno de los padres; y los que hayan nacido en un país del cual ninguno de los padres es natural o era residente cuando éstos nacieron pueden ser declarados naturales del país de nacimiento de uno de los padres. Si el candidato se declara originario de un país en el cual no nació, debe indicarlo claramente en la solicitud de inscripción y deberá escribir el nombre del país del cual se declara originario en la esquina superior izquierda del sobre en que envíe la solicitud de inscripción.


¿CUANDO SE ACEPTAN LAS INSCRIPCIONES PARA EL PROGRAMA DV CADA AÑO?

El período de solicitud de un mes será a fines de cada año a partir del mediodía del primer lunes de octubre y durará 30 días. Cada año, millones de personas envían sus solicitudes para el programa durante el período de registro por correo. El volumen masivo de las inscripciones crea una enorme tarea para seleccionar y tramitar a los solicitantes que tienen éxito. La realización del período de solicitud a fines de año asegura que los solicitantes que tienen éxito son notificados de una manera oportuna. Esto también les da a ellos y a nuestras embajadas y consulados en el extranjero un año fiscal completo (el año fiscal 2003 comienza el 1 de octubre de 2002 y termina el 30 de septiembre de 2003) para tramitar las visas de inmigrantes necesarias.


¿ES NECESARIO UTILIZAR UN ABOGADO O CONSULTOR?

La decisión de contratar un abogado o consultor depende completamente del solicitante. Los procedimientos para participar en la lotería de Visas de Diversidad se pueden completar sin ayuda, siguiendo las simples instrucciones. No se cobra ninguna tarifa u honorario para participar en el programa DV-2003. La selección de los ganadores se hace al azar y ningún servicio externo puede mejorar las posibilidades del solicitante de ser elegido o garantizar que una inscripción ganará. Todo servicio que afirme que puede mejorar las posibilidades del solicitante estará prometiendo algo que no puede cumplir. Sin embargo, si los solicitantes prefieren usar la ayuda de otra persona, eso depende de ellos. Hay muchos abogados y consultores de inmigración legítimos que ayudan a los solicitantes por un honorario razonable o, en algunos casos, gratuitamente. Desafortunadamente, hay otras personas que cobran honorarios exorbitantes y hacen promesas irreales. El gobierno de Estados Unidos no emplea consultores externos o servicios de correo privado para el programa DV. Cualquier intermediario o persona que se ofrezca para ayudar a preparar las solicitudes para el DV lo hace sin la autoridad o el asentimiento del gobierno estadounidense.

Una solicitud que reúna los requisitos y que se reciba directamente del solicitante, tiene la misma probabilidad de ser seleccionada por la computadora en el Centro Consular de Kentucky que una solicitud recibida a través de un intermediario pagado que la preparó para el solicitante. No hay ventaja alguna en enviar la solicitud anticipadamente o en hacerlo desde un lugar específico. Toda solicitud que se reciba durante el período de inscripción tendrá la misma probabilidad de ser seleccionada al azar dentro de su correspondiente región. Sin embargo, si se recibe MAS DE UNA SOLICITUD POR PERSONA dicha persona queda descalificada para la inscripción, no importa de donde provenga la solicitud. Además, la inscripción para el DV debe ser firmada personalmente por el candidato, de lo contrario será descalificada.

Las personas que crean que han sido engañadas por una compañía o consultor estadounidense en relación con la lotería DV pueden comunicarse con su oficina local de asuntos del consumidor o con la Comisión Federal de Comercio (FTC). La dirección de Internet para usar el formulario de queja en línea es: http://www.ftc.gov. También puede comunicarse con la FTC por teléfono, llamada gratuita, al 1-877-FTC-HELP (382-4357) o (202) 382-4357 o para personas con dificultad auditiva al (202) 326-2502. La dirección postal es: Consumer Response Center, Federal Trade Commission, 600 Pennsylvania Avenue, N.W., Washington, D.C. 20580. (El número de teléfono de la FTC es solamente para denunciar fraude y no para obtener información sobre los procedimientos de solicitud para la lotería DV).


¿COMO SE NOTIFICARA A LOS GANADORES?

Sólo los solicitantes que tengan éxito serán notificados por el Centro Consular de Kentucky a la dirección indicada en su inscripción. Las notificaciones se enviarán entre abril y julio de 2002, junto con instrucciones acerca de cómo hacer una solicitud de visa de inmigrante. Para que se les emita la visa, los solicitantes deben satisfacer todos los requisitos de elegibilidad conforme a la legislación de Estados Unidos.


Ser seleccionado en la lotería DV no garantiza automáticamente el otorgamiento de una visa ya que el número de solicitantes seleccionados es mayor que el número de visas disponibles . Por lo tanto, quienes sean seleccionados tendrán que actuar pronto en cuanto a la solicitud de su visa de inmigrante. Los solicitantes que estén físicamente presentes en Estados Unidos podrían ser elegibles para presentar al INS una solicitud de ajuste de su condición a residente permanente. Sin embargo, esos solicitantes deben asegurarse de que el INS puede completar el trámite de sus casos antes del 30 de septiembre de 2003. El programa DV para el año 2003 terminará una vez que se hayan emitido todas las visas disponibles. De cualquier manera, todas las visas DV-2003, por ley, deben ser emitidas antes del 30 de septiembre de 2003.


¿DONDE SE PUEDE OBTENER INSTRUCCIONES PARA PARTICIPAR EN LA LOTERIA?

Las personas interesadas pueden llamar al teléfono (202) 331-7199, que describe los medios diversos para obtener más detalles sobre la manera de participar en el programa DV-2003. Los solicitantes desde el extranjero pueden comunicarse con la embajada o consulado de Estados Unidos más cercano para pedir instrucciones sobre la lotería DV.

(Nota 1)

La Ley de Alivio Nicaragüense y Centroamericano (NACARA) aprobada por el Congreso en 1997 estipula que hasta 5.000 de las 55.000 Visas de Diversidad asignadas anualmente se pondrán a disposición para usarlas conforme al programa NACARA. La reducción a 50.000 del límite de visas disponibles comenzó con el DV-2000 y sigue en efecto para el programa DV-2003.

(Nota 2)

El término "país" en este aviso incluye países, economías y otras jurisdicciones enumeradas explícitamente.

Importante: La información en esta página es una traducción de InmigracionyVisas.com basada en información provista por el Departamento de Estado y/o por el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los EEUU.







Última Actualización: Agosto 07 de 2003


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